El pasado 30 de diciembre de 2011 se aprobó el RDL 20/2011 en relación a las medidas que adoptará el nuevo gobierno a efectos presupuestarios, tributarios y financieros con el objetivo de corregir el déficit público. Realizaremos una explicación a efectos económicos de cómo afectan al IRPF y al Impuesto de Sociedades.
IRPF
- Nuevo gravamen complementario a la cuota íntegra estatal y nuevos tramos de la base liquidable para los próximos ejercicios 2012-2013. Este incremento adicional de las retenciones afectará a todas las nóminas a partir del 1 de enero, por lo que todas las empresas deberán de ajustar las retenciones a todas sus nóminas.
Base imponible
de - hasta Retención Adicional Total
0 a 17.707,20 € 24% 0,75% 24,75%
17.707,20- 33.007,20 28% 2% 30%
33.007,20- 53.407,20 37% 3% 40%
53.407,20- 120.000,20 43% 4% 47%
120.000,20 - 175.000,20 44% 5% 49,%
175.000,20 - 300.000,20 45% 6% 49%
300.000,20 € - 45% 7% 52%
También se incrementa el porcentaje de retención, del 35 al 42% de todos aquellos rendimientos del trabajo que se perciban por la condición de administradores y miembros del consejo de administración
- Se incrementa el tipo impositivo para los próximos ejercicios 2012 y 2013 de las rentas del ahorro quedando las escala de la siguiente forma:
Base imponible ahorro Adicional Total 2012
hasta 6.000€ 2,00% 21,00%
Desde 6.000€ 4,00% 24,00%
Más de 24.000€ 6,00% 27,00%
Además las retenciones a cuenta de los rendimientos de capital mobiliario y de las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, etc.., pasará a retenerse en vez del 19% el 21%
- Se eleva al 21% el porcentaje de retención de los alquileres.
- En los rendimientos de actividades económicas se prorroga para el 2012 la reducción por mantenimiento o creación de empleo del 20% del rendimiento neto cuyo importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de actividades sea inferior a 5 millones de euros y tengan una plantilla media inferior a 25 empleados.
Así mismo se prorroga para el propio 2011 y 2012 el tratamiento de los gastos e inversiones en formación del personal.
- Se suprime el límite de la cuantía de la base imponible de los 24.107,20€ a efectos de poder aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual. Esta medida tiene efectos desde el 1 de enero de 2011, por lo que la deducción por inversión en vivienda habitual se podrá practicar por todos los contribuyentes, cualquiera que sea el importe de su base imponible
IMPUESTO DE SOCIEDADES
- Seguirán tributando en el 2012 al tipo reducido del 20% las entidades que cumplan los requisitos de microempresa, teniendo en cuenta que el importe de la cifra de negocios sea inferior a los cinco millones de euros y que la plantilla media sea inferior a 25 empleados.
- Así mismo se prorroga para el propio 2011 y 2012 el tratamiento de los gastos e inversiones en formación del personal.
- En referencia a los pagos a cuenta, para los periodos impositivos que se inicien durante el año 2012, el porcentaje de pago fraccionado a aplicar a la cuota íntegra del último periodo impositivo será del 18%. En el caso de que la modalidad de pago fraccionado esté en función de la base imponible del período impositivo, el porcentaje a aplicar será el resultado de multiplicar por cinco séptimos el tipo de gravamen redondeado por defecto.
- Se eleva al 21% el porcentaje de retención desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013 para todas las rentas sujetas a este impuesto.
IVA
- Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2012 la aplicación del tipo reducido del 4% a las entregas de edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas, incluidas las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente con los mismos.
Puede ver el texto completo del Real Decreto en nuestro apartado de legislació.
Iván Herrera
HECAL ASSESSORS PROFESSIONALS S.L.P.
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